Becas de comedor y adquisición de material curricular. Curso 2024/25

Convocatoria para las becas de comedor y la convocatoria para las ayudas para adquisición de material curricular, (para colegios públicos y concertados).

PLAZO: del 14 al 27 de junio de 2024 (ambos incluidos) y la solicitud se podrá solicitar desde la web y/o presentar en el centro educativo en el que esté matriculado educa.aragon.es/en/ayudas-de-comedor-y-material-curricular

La solicitud la presentará madre, padre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, o representante legal. Para varios menores de cada unidad familiar hay que presentar una solicitud por alumno.

Para información adicional y dudas nos podemos dirigir al email becascomedorylibros@aragon.es , o a los teléfonos de Zaragoza (976 71 30 92) Huesca (974293283), Teruel ( 978 64 12 40)


Becas de comedor:

Para alumnos de:

Segundo ciclo de Educación Infantil.
Educación Primaria.
Educación especial

En el caso de las becas de comedor, el presupuesto destinado supera los 11,8 millones de euros. Podrán solicitarlas los alumnos que en el próximo curso vayan a cursar segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial o tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en Centros de Educación Infantil y Primaria, Centros Públicos Integrados, Centros Rurales Agrupados y Centros de Educación Especial de carácter público.

El límite de renta se mantiene en los 14.400 euros anuales. La beca para sufragar los gastos de comedor será de 860 para todo el periodo lectivo. En cuanto al alumnado escolarizado en un centro que no disponga de comedor, la cuantía será de 720 euros, al no contemplarse el gasto de monitores. Y las ayudas durante los meses de junio a septiembre se realizarán preferentemente de manera articulada con programas de apertura de centros, aunque en aquellos casos en que no sea posible, se reconocerá una ayuda de 180 euros por menor en edad escolar para todo el periodo estival.

Las becas de material curricular cuentan con una dotación de 2,3 millones de euros. Están destinadas a alumnos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica, y Educación Especial –cuya renta familiar no supere los 14.400 euros- y las cuantías son de 160 euros para Primaria y Especial, y suben hasta los 230 euros para ESO y FP básica.

Tanto para las ayudas de comedor, como para las de materiales, las solicitudes se presentarán en el centro escolar en que se encuentre matriculado el alumno o en el que se hubiese presentado la solicitud en el proceso de admisión si aún no está matriculado en ninguno.

La prelación de solicitudes se establecerá atendiendo a la renta familiar, de menor a mayor nivel de renta. En caso de misma renta, se aplicarán criterios de desempate en función de las circunstancias socio familiares: familias numerosas, monoparentales, víctimas de terrorismo, víctimas de violencia de género, perceptor de Ingreso Mínimo Vital, ayuda de emergencia social o cualquier prestación sustitutiva de las anteriores.

educa.aragon.es/-/ayudas-comedor-escolar

Link al BOA con la convocatoria, aquí

Becas para la adquisición del material curricular:

Para solicitarla, aquí.

Podrán solicitar las ayudas los alumnos que en el curso 2024/2025 vayan a cursar los siguientes
estudios:
Educación Primaria.
Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica. Educación Especial
La ayuda para la adquisición de material curricular será el total del importe señalado en la
convocatoria

Ayudas para la adquisición de material curricular en etapas obligatorias de alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2024/25

Se entiende por material curricular el formado por aquellos libros de texto y otros materiales editados impresos o en formato digital y el material de elaboración propia del equipo docente de los centros educativos, de carácter duradero y autosuficiente, destinados a ser utilizados por el alumnado para el desarrollo y aplicación de los contenidos determinados por el currículo de las enseñanzas de régimen general establecidas por la normativa académica vigente para el área o materia y el ciclo o curso de que en cada caso se trate, y aquél específico destinado a la intervención educativa del alumnado con necesidades especiales de apoyo educativo que se determine por la dirección del centro educativo.

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