Ya se ha publicado el BOE extraordinario con la orden ministerial que regula la salida de los peques. Será a partir del domingo 26 de abril, incluido.
- Podrán salir los menores de 14 años (no los que hayan cumplido ya esa edad. Los mayores de 14 y hasta la mayoría de edad podrán, con el permiso de los padres salir para los supuestos que están permitidos a los adultos).
- Les acompañará un solo adulto responsable. Puede ser uno de los progenitores o alguien que conviva con ellos o su cuidador, que deberán llevar una autorización de los padres.
- Pueden salir una vez al día, entre las nueve de la mañana y las nueve de la noche, durante un máximo de una hora.
- A una distancia máxima de un kilómetro del domicilio.
- Con distancia social. No pueden acercarse a menos de dos metros de otras personas.
- Se puede pasear por cualquier vía pública, también espacios verdes, pero no por parques infantiles o instalaciones deportivas. (En entornos rurales sí pueden ir a espacios naturales)
- Además de estos paseos, pueden acompañar a sus padres a cualquiera de las salidas permitidas en el estado de alarma.
- Si los peques tienen síntomas compatibles con el virus (fiebre, por ejemplo) no deben salir.
Podéis ver el documento completo aquí
https://boe.es/boe/dias/2020/04/25/pdfs/BOE-A-2020-4665.pdf#BOEn
En esta otra entrada os contamos recomendaciones para hacer de estas salidas una actividad segura para todos, cómo adaptar una mascarilla quirúrgica de adulto a tamaño peque y os dejamos cómo calcular con google la distancia desde nuestro domicilio.