El Gobierno de Aragón publica la orden que limita el uso de dispositivos digitales individuales en colegios e institutos sostenidos con fondos públicos. La norma, que será aplicable a partir del curso 2026-2027, establece un máximo de horas semanales de pantalla según la edad del alumnado, refuerza el aprendizaje con materiales analógicos y prevé una moratoria para las licencias digitales ya adquiridas por las familias.
23 de marzo de 2026
El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) la Orden por la que se regula el empleo de los recursos digitales de uso individual en los centros educativos sostenidos con fondos públicos. La norma afecta tanto a colegios e institutos públicos como a centros concertados, y será de aplicación a partir del próximo curso 2026-2027 en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
La consejera de Educación en funciones, Tomasa Hernández, ha explicado que la iniciativa responde a la necesidad de proteger el desarrollo cognitivo, emocional y físico del alumnado, especialmente en edades tempranas, ante los riesgos asociados al uso inadecuado y prolongado de las pantallas. La Orden se apoya en evidencias científicas recientes, entre ellas el informe de la Dirección General de Salud Pública de 2025, y atiende a la creciente preocupación expresada por familias y asociaciones educativas sobre la hiperconexión y su impacto en el rendimiento escolar y el bienestar de los menores.
El texto ha sido elaborado tras un procedimiento de información pública y ha contado con la participación del Consejo Escolar de Aragón.
Límites horarios concretos según la etapa
El núcleo de la normativa es el establecimiento de límites específicos al uso de dispositivos digitales individuales (tabletas y miniportátiles) dentro del horario lectivo, graduados en función de la edad y el nivel de madurez del alumnado.
En Educación Infantil, la regulación es la más restrictiva. En el primer ciclo (0 a 3 años) se trabajará únicamente con recursos analógicos y manipulativos, sin pantallas de ningún tipo. En el segundo ciclo (3 a 6 años) se permite un máximo de una hora lectiva semanal, siempre con uso compartido del dispositivo y bajo supervisión directa del docente.
En Educación Primaria, los alumnos de 1.º y 2.º podrán utilizar dispositivos digitales un máximo de dos horas semanales. El mismo límite de dos horas semanales se aplica a 3.º y 4.º. En 5.º y 6.º, el tope sube a cuatro horas semanales. En todos los cursos de Primaria, el uso será siempre compartido, con carácter complementario y bajo supervisión docente.
En la ESO, el margen se amplía. En 1.º y 2.º se permitirán hasta cinco horas semanales (equivalentes a una hora diaria), y en 3.º y 4.º el límite alcanza las diez horas semanales (dos horas diarias). En todos los casos, el recurso digital deberá ser complementario a los materiales analógicos.
Para el resto de enseñanzas no universitarias (Bachillerato, Formación Profesional y otras) no se fijan límites horarios concretos, aunque se establece que las tecnologías digitales deberán armonizarse con los recursos analógicos.
Educación infantil
- Primer ciclo (0–3 años): únicamente recursos analógicos y manipulativos.
- Segundo ciclo (3–6 años): uso siempre compartido, máximo 1 hora lectiva semanal, bajo supervisión docente.
Educación primaria
- 1.º y 2.º curso: máximo 2 horas semanales.
- 3º y 4.º curso: máximo 2 horas semanales.
- 5º y 6.º curso: máximo 4 horas semanales.
El uso será siempre compartido, con carácter complementario y bajo supervisión docente.
Educación secundaria obligatoria
- 1.º y 2.º curso: hasta 1 hora diaria (5 horas semanales).
- 3.º y 4.º curso: hasta 2 horas diarias (10 horas semanales).
En todos los casos, el recurso digital será complementario a materiales analógicos.

Pizarras digitales y dispositivos colectivos
La orden aclara que las pizarras digitales, proyectores y otros dispositivos no individuales quedan fuera de estas limitaciones y podrán seguir utilizándose con normalidad siempre que cumplan una finalidad pedagógica y didáctica. La única excepción es el primer ciclo de Educación Infantil (0 a 3 años), donde también se restringe el uso de estos dispositivos colectivos.
Excepciones para el alumnado con necesidades específicas
La norma contempla flexibilidad para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Estos alumnos podrán utilizar dispositivos digitales individuales por encima de los límites generales cuando así lo establezca su informe psicopedagógico o médico. La orden también prevé autorizaciones excepcionales justificadas en otros supuestos.
Más libro, más escritura a mano, más cálculo mental
Más allá de los límites horarios, la orden impulsa un cambio de enfoque pedagógico. Las herramientas digitales no desaparecen del aula, pero dejan de ser el eje vertebrador del proceso de enseñanza-aprendizaje para pasar a un papel complementario. La normativa refuerza explícitamente el papel del libro en papel, la escritura manual, el cálculo mental, la expresión oral y las destrezas básicas en todas las etapas. Al mismo tiempo, se garantiza la adquisición progresiva de la competencia digital, pero en lo que el Departamento define como condiciones seguras y saludables.
Moratoria para las licencias digitales ya compradas
Un aspecto que afecta directamente al bolsillo de muchas familias: la orden prevé un periodo transitorio para las licencias digitales ya adquiridas. En Primaria y ESO, estas licencias podrán seguir utilizándose hasta agotar su vigencia, con un límite máximo que alcanza el curso 2027-2028. En Educación Infantil, el plazo de moratoria es más corto: hasta el curso 2026-2027 como máximo.
Desconexión digital en casa: recomendación, no obligación
La normativa incluye una recomendación dirigida a los centros para que eviten asignar tareas académicas evaluables fuera del horario escolar que requieran el uso de dispositivos digitales. Conviene subrayar que se trata de una recomendación, no de una prohibición, por lo que los centros conservan margen para decidir sobre esta cuestión.
Aragón se suma a otras comunidades
Con esta regulación, Aragón se une a las comunidades autónomas que ya han legislado sobre el uso de dispositivos digitales en el ámbito educativo: Murcia, Madrid, Cataluña, Baleares y Asturias. La medida se alinea, según el Departamento, con las recomendaciones nacionales e internacionales en esta materia.
Lo esencial para familias y centros
La orden entra en vigor en el curso 2026-2027 y afecta a todos los centros sostenidos con fondos públicos en Infantil, Primaria y ESO. No se prohíben las pantallas, pero se limita su uso horario de forma gradual y se refuerza el peso de los materiales analógicos. El alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo tiene excepciones contempladas. Las licencias digitales ya adquiridas cuentan con moratoria. Las pizarras digitales de aula no se ven afectadas salvo en el tramo de 0 a 3 años. Y la recomendación de evitar deberes digitales en casa es eso, una recomendación, no una norma de obligado cumplimiento.
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